Tasa de basuras en Madrid: claves del nuevo recibo, cálculo y recursos

  • Arrancan los recibos de la Tasa de GestiĂłn de Residuos en Madrid, con pago en una Ăşnica cuota y plazos de dos meses.
  • Importe medio de 140 €; cálculo con 81% fijo por valor catastral y 19% por generaciĂłn y calidad de separaciĂłn.
  • Grandes diferencias por barrios: Aravaca (574 €) frente a San CristĂłbal (47 €); recaudaciĂłn prevista cercana a 296 M€.
  • Recursos ante el TSJM y crĂ­ticas de la FEMP a la ley por generar disparidades; el recibo se gira a propietarios y puede repercutirse al inquilino si figura en el contrato.

Tasa de basuras y gestiĂłn de residuos

Los primeros avisos y cartas de pago de la Tasa de Gestión de Residuos (TGR) ya están saliendo en Madrid. Este tributo municipal, que cubre el coste real de la recogida, transporte y tratamiento de los residuos urbanos, se aplicará este año en una única cuota.

La medida llega con un notable impacto ciudadano por el importe medio estimado de 140 euros y por la amplia disparidad entre barrios. Además, su despliegue se produce en paralelo a recursos judiciales y a peticiones de mejora normativa por parte de la FEMP.

Qué es la TGR y por qué llega ahora

InformaciĂłn sobre la tasa de basuras

La TGR se enmarca en la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados, que transpone la normativa europea e impone a los municipios de más de 5.000 habitantes un sistema específico de financiación del servicio. El objetivo es acercarse a las metas europeas de reutilización y reciclaje.

Desde la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) se viene advirtiendo de que la ley es demasiado escueta al regular la tasa y no define con precisión los parámetros de cálculo, lo que ha derivado en criterios diferentes entre ayuntamientos.

La FEMP recuerda que trabajó con Hacienda y Transición Ecológica en un grupo técnico para proponer directrices de aplicación y fórmulas de cálculo, pero sus aportaciones no se incorporaron al texto final. La organización mantiene la mano tendida para introducir ajustes que reduzcan desigualdades.

Cómo y cuándo se está notificando el recibo

Notificaciones de la tasa de basuras

El Ayuntamiento ha abierto un periodo de dos meses para emitir todas las notificaciones, con preferencia por la Sede ElectrĂłnica (aviso por email/SMS) y, si no se accede en plazo, envĂ­o postal al domicilio registrado.

Los recibos deberán pagarse en un plazo de dos meses desde su emisión. En los primeros envíos, los pagos se sitúan en fechas como el 20 de octubre, y para notificaciones a partir del 16 de septiembre, el límite se desplaza hasta el 5 de noviembre.

Para 2025, el cobro se realizará en una única cuota. A partir de 2026 se habilitarán la domiciliación y el fraccionamiento similares a los del IBI, con la idea de suavizar la carga financiera para los hogares y negocios.

Importe, cálculo y barrios más y menos afectados

Cálculo de la tasa de basuras

La fórmula combina una tarifa básica (81%), ligada al valor catastral del inmueble, con una tarifa por generación (19%) que considera la cantidad de residuos y la calidad de la separación por barrios.

El importe medio orientativo es de 140 € para viviendas y de unos 310 € para comercios. No obstante, las diferencias por zona son acusadas: Aravaca se sitúa en torno a 574 €, mientras que El Viso ronda 457 €, Recoletos unos 430 €, Los Jerónimos cerca de 427 € y Castellana alrededor de 385 €.

En el extremo opuesto, barrios como San Cristóbal (Villaverde) se mueven en cifras aproximadas de 47 €, y zonas como Pradolongo y Zofío (Usera) en torno a 59 €, Amposta (San Blas-Canillejas) alrededor de 62 € y Portazgo y San Diego (Puente de Vallecas) en 64 €.

La recaudaciĂłn estimada por la Agencia Tributaria de Madrid se acerca a los 296 millones de euros. Al derogarse la TRUA (Tasa de Residuos Urbanos de Actividades), que aportaba unos 40 millones, el ingreso neto adicional para el ejercicio se calcula en torno a 256 millones.

Quedan fuera del pago los garajes y trasteros asociados a una vivienda, así como solares y edificios en ruina. Viviendas vacías y locales sin actividad abonan solo la parte fija por disponibilidad del servicio, siempre que acrediten su situación cada año.

Quién paga en viviendas alquiladas

El Ayuntamiento gira el recibo a los propietarios, que pueden repercutir el coste al inquilino si así se recoge de forma expresa en el contrato de arrendamiento. En contratos anteriores a la tasa, lo habitual es que no conste esta cláusula.

Para nuevos contratos, cabe pactar que el arrendatario asuma el pago, sin perjuicio del principio «quien contamina, paga». La clave, en la práctica, es lo que se firme entre las partes y cómo se documente en el contrato.

Bonificaciones y exenciones

Se contemplan bonificaciones para colectivos como familias numerosas y personas en vulnerabilidad econĂłmica. En determinados supuestos sociales (p. ej., IMV o rentas mĂ­nimas), la reducciĂłn puede llegar al 100%.

Las solicitudes deben formalizarse con el modelo oficial del Ayuntamiento y presentarse por registro electrĂłnico o en oficinas de asistencia. Es importante revisar los requisitos y plazos para no perder el derecho a la bonificaciĂłn.

Frentes polĂ­ticos y judiciales

La TGR ha llegado también a los tribunales. Vox y Más Madrid han impulsado recursos ante el TSJM, con petición de medidas cautelares de suspensión. El consistorio recuerda que no es habitual paralizar una ordenanza vigente.

El Gobierno municipal sostiene que aplica una obligación estatal y que careció de directrices cerradas para diseñar el sistema. En el debate político, se reprocha además la falta de armonización entre ciudades y los efectos distributivos de la parte fija ligada al catastro.

Qué piden los ayuntamientos a la ley

La FEMP propone abrir una revisión técnica de la Ley 7/2022 que precise mejor los elementos esenciales de la tasa (p. ej., uso del valor catastral, número de ocupantes, consumo de agua o residuos generados) y aporte criterios comunes que limiten la disparidad entre municipios.

En este contexto, el objetivo compartido es avanzar hacia un sistema que incentive el reciclaje, refuerce la equidad y ofrezca mayor seguridad jurĂ­dica a contribuyentes y administraciones.

Con los recibos ya en marcha, Madrid encara un calendario de pagos de dos meses, un cálculo basado en 81% fijo y 19% variable, diferencias notables por barrios y bonificaciones para quienes acrediten requisitos. En paralelo, siguen su curso los recursos ante el TSJM y el debate sobre cómo perfeccionar una normativa que aspira a alinear financiación del servicio y objetivos de economía circular.

incineradoras de basura
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