En agosto de 2010, la Unión Europea tomó la decisión de prohibir la comercialización de productos derivados de la foca sobre el conjunto del territorio comunitario. Dos años más tarde, Canadá y Noruega deciden enfrentarse a este embargo. A finales de 2013, la OMC rechaza a estos dos países, gigantes del comercio de productos derivados de la foca, y parece poner término al conflicto. Pero Canadá y Noruega recurren la decisión. Un recurso que fue rechazado el pasado 22 de mayo por la OMC.
La Unión Europea justificó esta prohibición de vender productos derivados de la foca (que reagrupa a la vez la pieles de las focas y los diferentes compuestos a base de grasa y de aceite) por el uso de métodos caza juzgados demasiado «crueles». Según la Fundación Brigitte Bardot, las focas jóvenes mueren a base de golpes de hakapik (un palo de 1,50 m con un percutor metálico), y luego desolladas in situ.
Al igual que en su anterior decisión de 2013, la OMC indicaba que las consideraciones de orden moral, incluidas las preocupaciones sobre el bienestar de los animales, podía justificar una restricción del comercio internacional. Este motivo todavía no se había utilizado para bloquear la importación de productos derivados de especies salvajes, especie cuya supervivencia no se ve amenazada. Toda una primicia para el derecho internacional.