Una jueza agroambiental de La Paz ha ordenado la suspensión temporal del tratamiento legislativo de los contratos vinculados a la explotación de litio en el Salar de Uyuni, condicionando su reanudación a la realización de una evaluación de impacto ambiental robusta y otros requisitos previos.
La decisión responde a una solicitada por la DefensorĆa del Pueblo y obliga a la Asamblea Legislativa a detener el anĆ”lisis de los .
Alcance de la decisión judicial
Según lo notificado, la magistratura admitió las y dispuso la paralización del trÔmite de los Proyectos de Ley 197/2024-2025 y 170/2024-2025 hasta que las autoridades competentes acrediten el cumplimiento de obligaciones ambientales y sociales clave.
En la prÔctica, la orden judicial supone que no se podrÔ retomar el debate legislativo de estos contratos de litio sin antes contar con estudios técnicos, procesos de participación y lineamientos estratégicos que garanticen la y el respeto a los derechos de las comunidades.
La jueza fijó un conjunto de exigencias previas, con énfasis en la y el uso responsable del agua en el altiplano potosino.
- con anÔlisis acumulativo de los efectos ambientales, sociales, culturales y económicos, centrado en el uso, aprovechamiento y aprovisionamiento del agua.
- Estudio integral de disponibilidad de recursos para el aprovechamiento e industrialización, particularmente sobre el manejo de aguas subterrÔneas y aguas fósiles en las Ôreas de influencia de los proyectos.
- Evaluación Ambiental EstratĆ©gica (EAE) del aprovechamiento de recursos naturales estratĆ©gicos, delimitando el Ć”rea de influencia efectiva en los territorios indĆgena originario campesinos de Nor LĆpez y del Sudoeste de PotosĆ, que considere:
- Visiones de desarrollo y alternativas productivas locales (turismo, no metales, minerales no convencionales, energĆa solar y geotĆ©rmica).
- Alternativas tecnológicas que prioricen los derechos sobre el agua y la sostenibilidad, protegiendo a la Madre Tierra.
- Escenarios de inversión que fortalezcan capacidades y eviten dependencia tecnológica, compatibles con un desarrollo sostenible.
- sobre la disponibilidad de recursos, con especial atención a las aguas fósiles en el Ôrea de influencia.
- Consulta previa, libre e informada continua y efectiva a los pueblos indĆgenas potencialmente afectados, garantizando su participación real antes de cualquier aprobación.
AdemÔs, la resolución instruye que la Asamblea Legislativa solicite formalmente la EAE y convoque a todos los actores involucrados para debatir el contenido de los estudios antes de tratar los proyectos de ley.
Contratos y actores involucrados
Los contratos bajo revisión corresponden a servicios para la y a una asociación para el desarrollo de una planta de extracción directa de litio (EDL) en el entorno del Salar de Uyuni. En ambos casos, YLB rubricó acuerdos con Hong Kong CBC Investment Limited ā Sucursal Bolivia y con Uranium One Group Joint Stock Company ā Sucursal Bolivia.
La paralización no implica la anulación de los acuerdos, sino una condicionada a que las autoridades administrativas entreguen la documentación ambiental y de participación social que la jueza ha requerido.
El papel de la DefensorĆa del Pueblo
El Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, explicó que la intervención institucional busca asegurar que cualquier emprendimiento estatal cumpla con , en lĆnea con el Acuerdo de EscazĆŗ y los tratados internacionales suscritos por el Estado.
La DefensorĆa remarcó que no se opone al desarrollo económico, pero insistió en que se conozcan con claridad los y sociales de los proyectos de litio antes de avanzar en su aprobación legislativa.
Postura del Gobierno y debate abierto
Desde el Ejecutivo, en ocasiones anteriores, se sostuvo que la era inviable mientras no se definiera con precisión la ubicación exacta de todas las instalaciones del proyecto. La decisión judicial, sin embargo, fija una hoja de ruta previa que incluye EIA, EAE y consulta.
El enfoque ordenado por la jueza prioriza la āen especial de las aguas fósilesā y una mirada estratĆ©gica de largo plazo, con participación de las comunidades de Nor LĆpez y del Sudoeste de PotosĆ.
Reacciones sociales y comunitarias
Referentes locales y del movimiento social han valorado la medida por su Ć©nfasis en la y los derechos colectivos. Voces como la de YamilĆ© Cruz subrayaron la importancia de que la justicia actĆŗe con independencia y que se escuche a las comunidades campesinas e indĆgenas.
Organizaciones del territorio adelantaron que mantendrÔn la y la presión institucional para que se apliquen sanciones cuando se vulneren derechos constitucionales o se omitan procedimientos obligatorios.
Próximos pasos en la Asamblea
Con la cautelar vigente, la Asamblea Legislativa estƔ obligada a solicitar los y a convocar a los actores sociales, tƩcnicos y acadƩmicos para discutir su contenido. Sin esos insumos, los PL 197/2024-2025 y 170/2024-2025 no podrƔn recibir tratamiento.
El calendario dependerĆ” de la entrega de , de la EIA, de la EAE y de que se cumpla el proceso de consulta previa, libre e informada en los territorios potencialmente afectados.
La paralización dictada por la justicia marca un punto de inflexión: los contratos de litio quedan supeditados a una evaluación ambiental y social rigurosa, con foco en el agua y la participación de las comunidades, antes de cualquier decisión legislativa definitiva.