La instrucción judicial de la DANA del 29 de octubre en Valencia estrecha el cerco sobre la gestión política

  • La jueza de Catarroja eleva al TSJCV una exposición razonada para que se valore la imputación del expresident Carlos Mazón por la gestión de la DANA del 29 de octubre.
  • La magistrada sostiene que la DANA no fue un fenómeno imprevisible y que hubo retrasos graves en la activación del Cecopi y en el envío de la alerta Es Alert.
  • La causa, que ya acumula más de quinientas declaraciones y dieciséis meses de instrucción, investiga 230 muertes como posibles homicidios imprudentes.
  • El procedimiento genera tensiones procesales y políticas, mientras víctimas y partidos reclaman rigor, responsabilidades y que no se frustre la causa por nulidades.

Instrucción judicial de la DANA del 29 de octubre en Valencia

La instrucción judicial sobre la DANA del 29 de octubre en Valencia ha entrado en una fase decisiva. Tras más de quince meses de pesquisas, miles de folios de diligencias y centenares de declaraciones, el foco ya no se limita solo a los responsables técnicos y a dos altos cargos del Consell, sino que alcanza de lleno a la cúspide política de la Generalitat de entonces.

La titular del Tribunal de Instancia 3 de Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra, ha decidido remitir una extensa exposición razonada a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). Con ese movimiento, la magistrada solicita que el alto tribunal valore si procede abrir una investigación penal contra el expresident Carlos Mazón por su gestión de la emergencia que dejó 230 fallecidos en la provincia de Valencia.

La llave del TSJCV y la condición de aforado

El paso dado por la jueza responde a un condicionante estrictamente jurídico: la condición de diputado autonómico de Carlos Mazón le otorga fuero ante el TSJCV. Eso significa que el juzgado de Catarroja no puede imputarle directamente; solo el tribunal superior tiene competencias para investigarle formalmente en esta causa.

En su escrito de 109 folios, la magistrada detalla los indicios que, a su juicio, obligan a elevar la cuestión al TSJCV. Según expone, la investigación sobre la posible negligencia en la gestión de la DANA no puede quedarse solo en los dos investigados hasta ahora —la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y el secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso—, sino que debe extenderse también al máximo responsable político de la Generalitat durante la tragedia.

Investigación judicial por la DANA del 29 de octubre

La jueza recuerda que ofreció en tres ocasiones a Mazón la posibilidad de acudir voluntariamente a declarar como investigado ante el juzgado de Catarroja, una vía que la doctrina permite incluso con aforados. El expresident, sin embargo, rechazó esa opción. Con la exposición razonada, ahora será el TSJCV quien deba decidir si asume la causa respecto a él, si pide más argumentos o si descarta la imputación.

Hasta que el alto tribunal se pronuncie, Ruiz Tobarra ha dejado claro que la instrucción ordinaria seguirá su curso. De hecho, ha continuado tomando declaración a testigos, entre ellos cargos de la Generalitat, y ha preguntado a las partes por la conveniencia de prorrogar la investigación seis meses más, dado que el actual plazo de instrucción vence el 30 de abril.

Una DANA anunciada y una gestión bajo la lupa

El eje del planteamiento judicial es que la DANA del 29 de octubre de 2024 no fue un fenómeno meteorológico imprevisible. Ruiz Tobarra subraya que las previsiones de la AEMET arrancaban al menos nueve días antes, con avisos reiterados de lluvias muy intensas, y que el propio día 29 se activó una alerta roja sobre la provincia de Valencia.

En esa línea, la magistrada sostiene que existía información suficiente y variada sobre el riesgo extremo: desde los boletines de la Agencia Estatal de Meteorología hasta las comunicaciones de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), pasando por los reportes de emergencias del 112 y la cobertura continuada de medios como la televisión autonómica À Punt, designada como canal preferente para trasladar información oficial a la población.

Para la instructora, el problema no fue solo la virulencia del episodio de lluvias, sino la forma en que se gestionó la emergencia desde la administración autonómica. En el escrito se describe una “cadena de negligencias” que, según su análisis, habría ido desde los niveles técnicos y de mando intermedio hasta la Presidencia de la Generalitat, con una falta de coordinación y retrasos en la toma de decisiones clave.

Ruiz Tobarra hace especial hincapié en el retraso en la convocatoria del Cecopi (Centro de Coordinación Operativa Integrada), calificado como el “cerebro” del dispositivo. A su juicio, la activación tardía del Cecopi revela pasividad e insuficiente coordinación en un contexto en el que la competencia en materia de protección civil recaía en la Generalitat y el nivel de emergencia era 2, lo que situaba la dirección del plan en manos de la consellera Pradas.

La alerta Es Alert, pieza central de la causa

Otro de los puntos neurálgicos de la instrucción es el envío de la alerta masiva a móviles, el sistema Es Alert. La jueza considera que esta herramienta se activó tarde y de forma poco adecuada, y argumenta que un aviso anterior y más claro podría haber salvado un número significativo de vidas.

Según detalla el auto, en el Cecopi se debatía ya sobre el contenido de la alerta alrededor de las 17.15 horas, pero el mensaje definitivo no se remitió hasta las 20.11, cuando la gran mayoría de las 230 muertes ya se habían producido o estaban en curso. La magistrada sostiene que se habría podido enviar un aviso en torno a las 17.20 con un contenido más contundente —recomendando, por ejemplo, subir a las plantas altas y evitar garajes y bajos— que, de haberse lanzado, habría reducido de forma drástica el riesgo mortal.

En la exposición se cita la participación del entonces jefe de gabinete de Mazón, José Manuel Cuenca, en la redacción del mensaje, y se remarca el contenido de una frase dirigida a la consellera Pradas: “De confinar nada, Salo”. A juicio de la jueza, el peso del cargo de Cuenca, su proximidad personal al president y el carácter imperativo de ese texto permiten interpretar esos mensajes como instrucciones más que como simples opiniones.

La instructora ha llegado a cursar una comisión rogatoria a Estados Unidos para que WhatsApp recupere mensajes de aquel 29 de octubre, en un intento de reconstruir con precisión la cadena de decisiones en torno al Es Alert. La propia magistrada califica este sistema como la “piedra angular” de la investigación penal.

En paralelo, se analizan las alertas hidrológicas remitidas por la CHJ, especialmente en el área del barranco del Poyo, donde se activó la alerta a las 12.30 horas y no se desactivó en todo el día. Pese a esa información y a la presencia de representantes del Consorcio Provincial de Bomberos en el Cecopi, la jueza se pregunta si se realizaron las comprobaciones y medidas de vigilancia necesarias sobre el terreno.

El papel de Mazón: posición de garante y “prolongada ajenidad”

El núcleo de la exposición razonada es la posible responsabilidad por omisión de Carlos Mazón en calidad de máximo responsable de la administración autonómica. Ruiz Tobarra recuerda la “posición de garante” que la normativa de protección civil atribuye al president, incluido el poder de declarar situaciones de emergencia catastrófica y la obligación de coordinar a las distintas consellerias.

En el documento se describe una “negligencia prolongada durante largas horas”, en las que, mientras los fallecimientos se sucedían, no se habrían adoptado decisiones básicas ni se habría ejercido una coordinación efectiva. La jueza reconstruye con detalle la agenda del expresident el 29 de octubre: desde la comparecencia pública de mediodía —en la que, según el auto, minimizó la gravedad de la tormenta— hasta la comida en el restaurante El Ventorro con la periodista Maribel Vilaplana.

Según la instructora, Mazón permaneció cerca de cinco horas en el reservado del restaurante, en plena fase crítica de la DANA, con comunicaciones escasas y breves con su equipo de emergencia. Esa larga sobremesa, durante la cual la periodista declaró no haberle visto especialmente preocupado, es calificada en el escrito como una “exclusión voluntaria” de las funciones propias de la presidencia, con posible repercusión directa en el resultado mortal.

Los testimonios de escoltas y del chófer del expresident han cobrado un peso particular en esta etapa de la investigación. Sus declaraciones apuntan a que Mazón habría llegado al Palau de la Generalitat alrededor de las 20.00 horas, y no a las 17.00 como se defendió inicialmente desde Presidencia. Este desfase horario coincide con el periodo en el que se produjeron algunos de los episodios más dramáticos, como las inundaciones en Paiporta y Catarroja, donde se registraron decenas de víctimas.

La jueza también repasa mensajes de WhatsApp enviados por Mazón a su equipo el día de la gota fría, en los que habría reaccionado con expresiones coloquiales como “Biennn!” o “Cojonudo” dentro de conversaciones en las que se informaba de la gravedad de la situación en el barranco del Poyo. Para la magistrada, ese tono refuerza la idea de una minimización del riesgo en un momento en que la emergencia iba “in crescendo”.

Una instrucción macro: 230 fallecidos, 500 testigos y 21 juzgados

La causa de la DANA se ha convertido en una de las instrucciones penales más complejas recientes en la Comunitat Valenciana. Tras las inundaciones del 29 de octubre de 2024, hasta 21 juzgados de 13 partidos judiciales abrieron diligencias por desapariciones y hallazgos de cadáveres. Esos procedimientos se unificaron posteriormente en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja —hoy Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia 3— para centralizar las pesquisas.

En estos dieciséis meses, más de 500 testigos y peritos han prestado declaración, entre familiares de víctimas, responsables políticos, técnicos, miembros de los cuerpos de emergencia y otros actores implicados. La instrucción se centra en las 230 muertes directamente vinculadas a las riadas de ese día, incluyendo un fallecimiento posterior que aún se analiza para determinar si guarda relación con las inundaciones.

La magistrada ha ido acordando sucesivas prórrogas de la instrucción en tramos de seis meses, la última de ellas hasta abril, y todavía queda por citar a casi un centenar de testigos y peritos ya admitidos pero pendientes de fecha. El volumen de documentación es ingente: planes de emergencia, boletines meteorológicos, avisos hidrológicos, llamadas al 112, registros telefónicos y comunicaciones internas.

En el expediente se describe uno a uno el contexto en el que fallecieron las 230 víctimas, con especial atención a aquellos casos en los que un aviso temprano podía haber permitido refugiarse en plantas altas, evitar garajes o no circular por determinadas vías. Según la jueza, la “falta de avisos efectivos” a la población constituye el “nexo común” de un gran número de muertes.

Ruiz Tobarra insiste en que la investigación se basa en criterios penales, no en valoraciones morales o políticas. Su tesis es que la omisión de ciertas decisiones, en un contexto de información abundante sobre el riesgo, puede equipararse jurídicamente a una acción cuando de esa inacción se deriva un resultado lesivo para la vida o la integridad física.

Tensiones en la sala: dudas, impugnaciones y riesgo de nulidades

La forma en que se está llevando la instrucción también ha generado inquietud entre algunas defensas y acusaciones personadas. Varias partes han manifestado, en público y en privado, sus dudas sobre el foco creciente en Mazón mientras este aún no está formalmente investigado por el TSJCV.

Un episodio significativo se vivió durante el interrogatorio de Josep Lanuza, antiguo asesor externo del expresident, citado como testigo. La abogada de la defensa de Emilio Argüeso impugnó el interrogatorio al considerar que prácticamente todas las preguntas giraban en torno a la figura de Mazón, pese a no ser parte formal del procedimiento. La jueza replicó que solo era posible impugnar pregunta a pregunta y llegó a sugerir irónicamente que parecía que en la sala hubiera defensas del expresident que ni siquiera estaba personado.

No es la primera vez que la magistrada vincula las objeciones de determinadas defensas con una supuesta protección indirecta de Mazón. En otras sesiones, ante críticas similares, habría llegado a preguntar quién ejercía en realidad como abogado del exjefe del Consell. A la vez, la instructora ha recordado reiteradamente que ofreció a Mazón la opción de personarse como investigado y declarar voluntariamente, algo que este declinó.

Algunas acusaciones, entre ellas la representada por el abogado de Acció Cultural del País Valencià, Manolo Mata, han advertido del riesgo de que una eventual imputación tardía permita a la defensa del expresident solicitar la nulidad de numerosas diligencias o la repetición de testimonios tomados sin su presencia. En entrevistas recientes, Mata ha señalado que el día en que Mazón designe abogado podrían plantearse recursos que alarguen el procedimiento uno o dos años más.

Además, en paralelo a la instrucción principal, ha surgido una querella contra la propia jueza presentada por una de las partes —representada por el letrado Rubén Gisbert— a raíz de unos audios en los que interviene el marido de la magistrada, también juez, interrogando a víctimas. Esa iniciativa, que se ha expuesto incluso en comparecencias en Les Corts, se plantea como posible causa de nulidad de actuaciones, lo que añade otra capa de complejidad al proceso.

Reacciones políticas y de las asociaciones de víctimas

En el terreno político, la posible imputación de Mazón ha encendido las alarmas en Les Corts. Tras conocerse la remisión de la exposición razonada, portavoces de la oposición como José Muñoz (PSPV-PSOE) o Joan Baldoví (Compromís) han reclamado al PP que pida al expresident que entregue su acta de diputado autonómico, y con ello renuncie al aforamiento ante el TSJCV.

Desde el Partido Popular, tanto en el grupo parlamentario valenciano como en la dirección nacional en Génova, se apuesta por la prudencia. El portavoz popular en Les Corts, Nando Pastor, ha insistido en que la situación política y judicial de Mazón “no ha cambiado” y ha eludido pronunciarse sobre su escaño hasta que haya decisiones firmes del TSJCV. En Madrid, el PP recuerda el precedente de Rita Barberá y se resiste a adoptar medidas que puedan interpretarse como una condena anticipada.

La secretaria general del PSPV, Diana Morant, ha elevado el tono y exige la expulsión de Mazón del partido y del grupo parlamentario, mientras que Compromís pide al TSJCV que no tenga “ninguna duda” a la hora de valorar los indicios. Vox, por su parte, alega respeto a la presunción de inocencia y considera que la decisión de dejar o no el acta es una cuestión “personal e intransferible”.

Las asociaciones de víctimas de la DANA también se han pronunciado. La presidenta de la Asociación de Víctimas Mortales de la DANA 29-O, Rosa Álvarez, ha reconocido que la noticia de la exposición razonada ha sido “inesperada” para muchas familias y ha llamado a la cautela hasta conocer la respuesta del TSJCV. Otras entidades de afectados subrayan que las responsabilidades penales se deben dirimir exclusivamente en sede judicial y confían en que la instrucción mantenga el rigor mostrado hasta ahora.

En Les Corts han comparecido en los últimos meses las asociaciones más críticas con el Consell, que reclaman que no se utilicen bulos ni cifras infladas de fallecidos. La propia jueza ha tenido que recordar en su escrito que la causa se ciñe a 230 víctimas y que hablar sin base de hasta un millar de muertos supone, a su juicio, “una falta de respeto a la memoria de las víctimas y sus familiares”.

Competencias, avisos y el debate sobre la responsabilidad

Uno de los frentes jurídicos centrales del caso es la determinación del marco competencial en protección civil. La magistrada se apoya en resoluciones previas de la Audiencia de Valencia y del Tribunal Supremo para reiterar que, en el nivel de emergencia que se declaró, la competencia en la gestión de la crisis correspondía a la Generalitat Valenciana, y no a la Administración General del Estado.

En ese contexto, la instructora descarta la tesis defendida por algunas defensas, que presentaban el Cecopi como una suerte de asamblea donde las decisiones se adoptaban por consenso entre todos los asistentes, lo que diluiría las responsabilidades de mando. Para la jueza, el representante de la Generalitat ejercía la dirección del plan salvo declaración expresa de interés nacional, circunstancia que no se produjo, y por tanto seguía existiendo un mando claro en el organigrama.

Respecto a la CHJ, el auto recoge que la alerta hidrológica sobre el barranco del Poyo se activó a mediodía del 29 de octubre y que esa información llegó a los integrantes del Cecopi a través de un grupo permanente de SMS. La jueza puntualiza que, una vez activada esa alerta, la dirección del plan de inundaciones en esa zona correspondía al secretario autonómico de Emergencias, y que se podía haber recurrido a bomberos forestales o a otros recursos para extremar la vigilancia.

La instructora también revisa el funcionamiento del sistema SAIH de sensores de la cuenca, a partir de declaraciones del presidente de la CHJ y otros testigos, quienes señalan que estos dispositivos son más útiles para grandes ríos y estudios hidrológicos que para ramblas con crecidas súbitas, donde el margen de reacción es mínimo. En cualquier caso, la jueza enfatiza que la información disponible por distintas vías —hidrológica, meteorológica, mediática y de emergencias— ofrecía un cuadro claro de riesgo extremo.

Otra pieza subrayada es el papel de À Punt como canal oficial recomendado por la propia Generalitat para seguir los avisos. Ruiz Tobarra señala la paradoja de que Emergencias instara a la ciudadanía a estar pendiente de ese medio mientras, según su análisis, los responsables del dispositivo no habrían prestado la misma atención a las previsiones y conexiones en directo que alertaban de la gravedad de las inundaciones.

El futuro de la causa y el impacto en la Comunitat Valenciana

Con la exposición razonada ya en manos del TSJCV, la instrucción sobre la DANA del 29 de octubre entra en una encrucijada procesal. El tribunal tiene varias opciones sobre la mesa: asumir directamente la investigación de Mazón y, con ello, la de la propia causa; devolver el asunto a Catarroja para que se refuercen los argumentos o se practiquen nuevas diligencias; o bien rechazar la solicitud si no aprecia indicios suficientes.

Mientras tanto, el juzgado de Catarroja continúa acumulando testificales, informes y pruebas documentales. Quedan por declarar cerca de un centenar de testigos y peritos, entre ellos altos cargos de la Generalitat como el director general de Promoción Institucional, Francisco González, que ya ha relatado cómo habló por teléfono con Mazón la tarde de la DANA para preparar una posible visita a las zonas inundadas, dando por hecho que el president estaba al tanto de la situación.

El desenlace de esta fase tendrá efectos que van mucho más allá del terreno jurídico. La investigación no solo determinará si existió una cadena de negligencias con relevancia penal, sino que condicionará la lectura política de lo sucedido y el propio futuro institucional de algunos de sus protagonistas. En paralelo, las familias de las víctimas siguen acudiendo al juzgado en un flujo constante, con el objetivo de que se esclarezca qué se hizo bien, qué se hizo mal y si se pudieron evitar parte de las muertes.

Con una sociedad valenciana todavía marcada por la imagen de pueblos anegados, coches arrastrados y viviendas devastadas, la instrucción judicial de la DANA del 29 de octubre se ha convertido en el principal cauce para depurar responsabilidades, fijar lecciones para futuras emergencias y dar una respuesta, aunque sea parcial, a las demandas de verdad y justicia de las 230 personas que perdieron la vida y de sus allegados.

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