El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha dado un paso más en el impulso a la eficiencia energética con la propuesta de modificar el Real Decreto 36/2023, que regula el Sistema de Certificados de Ahorro de Energía (CAE). La gran novedad es la creación de un mecanismo de subastas de ahorro energético, un instrumento pensado para canalizar inversiones hacia tecnologías y colectivos concretos, y que ya está sometido a consulta pública.
La iniciativa, que adapta la normativa española a la Directiva europea (UE) 2023/1791, llega en un momento en que el sistema CAE ha mostrado un crecimiento notable: en apenas tres años se han presentado más de 9.400 solicitudes, de las que unas 7.000 ya han recibido respuesta favorable. El objetivo de las nuevas subastas es complementar el actual sistema, abriendo la puerta a proyectos que, por su largo periodo de retorno, no acaban de despegar.
Una reforma ambiciosa del Real Decreto 36/2023
El proyecto de real decreto, que modifica 25 preceptos de la norma original e incorpora dos nuevos capítulos, tiene como eje central la creación de un nuevo marco para las subastas de ahorro energético. Estas subastas se conciben como un mecanismo adicional al sistema CAE actual, que ya ha demostrado su utilidad en la descarbonización industrial y en la mejora de edificios, pero que necesita herramientas complementarias para llegar a ámbitos como la movilidad eléctrica o la rehabilitación integral de bloques de viviendas.
Entre los cambios más relevantes destaca la incorporación expresa de figuras como el agregador de ahorros o el contrato de cesión de ahorros, que garantizan la trazabilidad desde el propietario original del ahorro hasta el sujeto obligado. Además, se define el ahorro de energía final como un bien patrimonial de carácter inmaterial, susceptible de valoración económica y transmisión, lo que da mayor seguridad jurídica a todas las partes implicadas.
Dos modalidades para adjudicar los ahorros
La propuesta contempla dos tipos de subastas, ambas abiertas a sujetos obligados y delegados del sistema CAE. En las subastas de compromisos de ahorro energético, se licita una prima económica adicional al valor de los certificados que se obtengan con la actuación. Los CAE resultantes pueden venderse posteriormente en el mercado secundario, igual que los demás certificados del sistema, hasta su liquidación.
Por otro lado, las subastas de necesidades de ahorro energético funcionan de manera distinta: se subasta un importe económico por la actuación, y los CAE generados se computan para los objetivos nacionales de ahorro, pero se liquidan sin posibilidad de comercialización posterior. En ambos casos, el ahorro energético adjudicado será adicional al volumen que se reparte anualmente entre los sujetos obligados.
El mecanismo de adjudicación será el conocido como “pay as bid”, de forma que cada ganador recibe exactamente la cantidad que ofertó. Para evitar ofertas temerarias o costes desorbitados, las convocatorias incluirán precios de riesgo y de reserva. La organización de las subastas recaerá en el Operador del Mercado Ibérico de la Electricidad (OMIE), mientras que la CNMC supervisará todo el proceso, garantizando la transparencia del mercado secundario.
Financiación y compatibilidad con ayudas
Está previsto que las subastas se financien con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) y a los Presupuestos Generales del Estado (PGE). El texto solicitará a la Comisión Europea la confirmación de que el diseño regulatorio se ajusta a la normativa comunitaria sobre Ayudas de Estado, un paso necesario para que las primas no distorsionen la competencia en el mercado único.
En cuanto a la compatibilidad con otras subvenciones, la regla general es que las primas adjudicadas en subasta serán incompatibles con ayudas para el ahorro energético en España para la misma inversión. No obstante, se abre una excepción cuando se produzcan reducciones drásticas de emisiones de CO2 o cuando los beneficiarios sean PYMEs industriales, casos en los que se podrá autorizar la acumulación de incentivos.
Calendario y plazos para los expedientes
Una de las modificaciones con mayor impacto práctico afecta a los plazos de tramitación. El borrador establece que los gestores autonómicos dispondrán de 25 días hábiles para actuaciones estandarizadas y 40 para singulares, mientras que el plazo completo hasta la inscripción en el Registro Nacional será de 30 y 45 días hábiles, respectivamente. Se mantiene el silencio administrativo estimatorio, lo que da más certidumbre a los promotores.
Además, se amplía el plazo máximo para registrar actuaciones: podrán inscribirse hasta tres años después de su finalización, siempre que se hayan iniciado tras el 26 de enero de 2023. Esta medida responde a las reivindicaciones de doce comunidades autónomas que pedían más tiempo para validar los expedientes, aunque el nuevo texto se queda cinco días por debajo de lo solicitado.
Plataforma electrónica y coeficientes de corrección
La reforma desarrolla también el funcionamiento de la plataforma electrónica del sistema CAE, que centralizará la gestión del Registro Nacional, la presentación de solicitudes, la transmisión y liquidación de certificados, así como la validación por parte de los gestores autonómicos. OMIE y MIBGAS se encargarán de desarrollarla y operarla de manera transitoria, mientras que la verificación técnica seguirá en manos de entidades acreditadas por la ENAC.
En materia de coeficientes de corrección, el nuevo artículo 18 bis permite al Ministerio fijar multiplicadores excepcionales para determinadas actuaciones, de forma que se pueda incrementar el ahorro reconocido en el sistema. Este apartado tiene especial interés para la sustitución de calderas de combustión por bombas de calor, con valores superiores en hogares vulnerables. Dichos coeficientes no computarán para el objetivo nacional acumulado de ahorro que España debe comunicar a la UE.
El periodo de audiencia e información pública permanecerá abierto hasta el 23 de septiembre de 2026. Las aportaciones deberán presentarse mediante el formulario habilitado por el Ministerio, y todas las respuestas tendrán carácter público salvo que se indique expresamente su confidencialidad. Una vez concluido este trámite, el texto definitivo deberá ser aprobado por el Consejo de Ministros y publicado en el BOE antes de entrar en vigor.
Esta nueva regulación supone un paso adelante en la consolidación del sistema CAE como herramienta clave para la transición energética. Con las subastas, el Gobierno pretende no solo incentivar inversiones que de otra forma no se realizarían, sino también dirigir los recursos hacia ámbitos estratégicos como la movilidad sostenible, la rehabilitación de viviendas y el apoyo a pymes y colectivos vulnerables. La combinación de subastas, coeficientes multiplicadores y una plataforma más ágil debería traducirse en un impulso significativo para la eficiencia energética en España, siempre que los plazos de tramitación se cumplan y la financiación llegue a tiempo.
