El Comité de Comercio Exterior de Ecuador ha aprobado un veto a la venta al exterior de todas las especies de cangrejos por un periodo de seis años, con inicio el 28 de octubre de 2025, para proteger los manglares y garantizar el sustento de los recolectores artesanales.
La Resolución 013-2025 impide la salida del país de crustáceos vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados, ahumados o en salmuera, así como preparados y conservas, bajo cualquier régimen de exportación.
Qué cambia y cómo se aplicará
La prohibición entrará en vigor el 28 de octubre de 2025 y será ejecutada por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), que desplegará controles específicos para impedir despachos que vulneren la norma.
Quedan sin efecto las autorizaciones previas que habilitaban la exportación de cangrejos en cualquier presentación, incluidas modalidades de excepción y subpartidas especiales.
El Gobierno notificará la medida a la Organización Mundial del Comercio mediante la autoridad competente, en línea con los compromisos internacionales y el artículo XX del GATT, que ampara acciones de conservación de recursos naturales.
Objetivos ambientales y sociales
La resolución persigue conservar las poblaciones de cangrejos y proteger los ecosistemas de manglar asociados, reduciendo presiones sobre hábitats clave y favoreciendo su recuperación.
También busca asegurar el acceso sostenido de los mariscadores a una fuente de sustento económico y alimentario, equilibrando la protección ambiental con la actividad productiva local.
Seguimiento y posibles ajustes
Durante la vigencia del veto, el Viceministerio de Acuacultura y Pesca y el IPIAP deberán presentar informes técnicos cada dos años al pleno del Comité de Comercio Exterior.
Con base en esos análisis, la autoridad podrá suspender o prorrogar la medida una vez cumplido el plazo de seis años, en función del estado de conservación del recurso.
Estado del recurso según la ciencia
De acuerdo con reportes del instituto público de investigación, el cangrejo rojo de manglar (Ucides occidentalis) muestra señales de sobreexplotación y agotamiento por el aumento del esfuerzo de captura.
Respecto al cangrejo azul (Cardisoma crassum), no existen evidencias suficientes para un aprovechamiento sostenible, por lo que se recomienda aplicar el principio de manejo precautorio y evitar añadir presión vía exportación.
Cómo puede afectar a España y la UE
Para los importadores españoles y europeos que adquirían cangrejo ecuatoriano, la restricción supone reordenar compras, diversificar orígenes y revisar contratos con distribuidores y restauración.
Podrían darse tensiones de precio y ajustes de disponibilidad en el canal horeca y en lonjas europeas, por lo que conviene priorizar contrataciones con origen alternativo y verificar cumplimientos aduaneros en origen.
Pasos recomendados para las empresas europeas
Para minimizar riesgos operativos y contractuales, resulta aconsejable adoptar medidas de planificación y control.
- Revisar pedidos con fecha de salida desde Ecuador posterior al 28 de octubre de 2025.
- Confirmar con proveedores el cumplimiento de controles de SENAE y documentación asociada.
- Diversificar orígenes y especies alternativas con certificaciones de sostenibilidad.
- Ajustar fichas técnicas, etiquetado y comunicación comercial, cuando proceda.
Con la exportación de cangrejos bloqueada durante seis años, Ecuador prioriza la conservación y la subsistencia local; en Europa, el sector deberá adaptarse mientras los informes bienales aclaran la evolución del recurso y el futuro de la medida.