El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha puesto en marcha una consulta pública previa para diseñar la primera subasta de eólica marina en España. Se trata del paso administrativo que faltaba para empezar a concretar cómo, dónde y en qué condiciones se desplegarán los primeros parques eólicos marinos comerciales en aguas españolas.
La iniciativa se dirige a empresas, administraciones, entidades sociales y ciudadanía interesada, que podrán remitir sus propuestas entre el 4 y el 24 de febrero de 2026 a través del formulario habilitado en la web del Ministerio. Sus aportaciones servirán para perfilar la orden ministerial que fijará las bases del procedimiento de concurrencia competitiva, es decir, el modelo de subasta con el que se asignarán los proyectos.
Un marco regulatorio nuevo para la eólica marina
La consulta se encuadra en el Real Decreto 962/2024, de 24 de septiembre, que regula la producción de energía a partir de fuentes renovables en instalaciones situadas en el mar. Este real decreto crea un procedimiento único de concurrencia competitiva que permite decidir, en una sola convocatoria, tres elementos clave: el régimen económico de los proyectos, la reserva de capacidad de acceso en la red de transporte eléctrica y la prioridad en la concesión de ocupación del dominio público marítimo-terrestre.
Con este esquema, el Gobierno pretende evitar trámites dispersos y dar más certidumbre a los promotores, ya que la adjudicación de la subasta irá ligada al acceso a red y al uso del espacio marino. La orden ministerial sometida ahora a consulta será la que concrete las reglas particulares de la primera subasta: áreas donde se podrá competir, tamaño de los parques, plazos y criterios de valoración.
El despliegue deberá ajustarse a los Planes de Ordenación del Espacio Marítimo (POEM), aprobados en 2023, que delimitan las llamadas zonas de alto potencial para la eólica marina. Fuera de esas áreas, no será posible ubicar instalaciones, de modo que la planificación espacial se convierte en una pieza central de todo el proceso.
El real decreto también abre la puerta a que hasta un 30% de la puntuación de las ofertas responda a criterios no puramente económicos. Entre ellos se mencionan el impacto ambiental, la oportunidad industrial, la compatibilidad con otros usos del mar, la innovación o el apoyo social a los proyectos, en línea con las exigencias del reglamento europeo Net Zero Industry Act sobre sostenibilidad, ciberseguridad y capacidad de ejecución.

Objetivos de potencia y contexto europeo
La Hoja de Ruta de la Eólica Marina y las Energías del Mar, junto con la actualización del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2023-2030, mantienen como referencia que España pueda alcanzar entre 1 y 3 gigavatios (GW) de eólica marina instalada en 2030. Este objetivo se concibe tanto como herramienta de descarbonización como palanca para consolidar una cadena de valor industrial propia. La Hoja de Ruta de la Eólica Marina sirve de marco para estas estimaciones.
En el resto de Europa, la eólica marina ha avanzado con mucha más rapidez: el continente suma ya alrededor de 37 GW de potencia instalada offshore, la mayoría en parques de cimentación fija ubicados en aguas relativamente poco profundas, especialmente en el mar del Norte y el Báltico. El caso español es distinto, porque la mayor parte de la costa presenta fondos muy profundos a poca distancia de la orilla.
Esta realidad geográfica obliga a apostar por tecnología eólica marina flotante, que todavía es menos madura y más costosa que la fija, pero que abre una ventana de oportunidad para que empresas españolas se posicionen en un segmento con fuerte proyección internacional. Astilleros, fabricantes de estructuras flotantes, puertos y empresas de ingeniería ya acumulan experiencia en proyectos piloto dentro y fuera de España.
El sector lleva meses reclamando que se acelere la regulación para no perder terreno frente a otros países europeos que llevan ventaja. La apertura de esta consulta pública se interpreta como un movimiento clave para desbloquear un despliegue largamente esperado, aunque los plazos siguen siendo ajustados: incluso con una subasta en marcha, los primeros parques comerciales podrían tardar entre ocho y diez años en entrar en operación. El Ejecutivo busca que se acelere la regulación sin comprometer la calidad técnica ni ambiental.
Qué se pregunta en la consulta: áreas, potencia y diseño de los parques
El cuestionario lanzado por el MITECO aborda en primer lugar la selección de las zonas de alto potencial definidas en los POEM. Se pide a los participantes que señalen qué áreas consideran más adecuadas para este primer procedimiento y si es preferible elegir varias zonas que compitan entre sí o concentrar el esfuerzo en una única ubicación.
La orden ministerial deberá fijar también la potencia a licitar en esta primera subasta y el diseño del propio concurso. El Ministerio consulta si conviene subastar un solo parque de gran escala en una zona concreta o repartir la potencia entre varios parques de menor tamaño. Detrás de esta decisión están cuestiones como la señal que se envía a la cadena de suministro, la capacidad real de ejecución y el impacto sobre el territorio.
Otra de las cuestiones abiertas es la delimitación de los requisitos mínimos que deberán cumplir los promotores para poder participar. El objetivo declarado es aumentar al máximo la tasa de ejecución de los proyectos adjudicados, evitando que instalaciones ganadoras acaben sin construirse por falta de solvencia técnica, financiera o por retrasos acumulados.
De forma paralela, la consulta pide opinión sobre el tamaño óptimo de los parques, la potencia objetivo de cada instalación y la conveniencia de estructurar la subasta en varios lotes. Este diseño puede tener impacto en la competencia entre empresas, en la entrada de nuevos actores y en la distribución territorial de los proyectos a medio plazo.
Criterios de valoración: más allá del precio de la energía
Además de decidir dónde y cuánta potencia se subastará, el Ministerio plantea un debate sobre los criterios de valoración de las ofertas. En el formulario se pide a los agentes que ordenen por prioridad aspectos como el precio ofertado de la energía, la minimización del impacto ambiental, la oportunidad industrial, la compatibilidad de usos con actividades como la pesca, el apoyo social e institucional y la innovación tecnológica.
El Real Decreto 962/2024 permite que hasta el 30% de la puntuación total responda a criterios no económicos. La consulta pregunta, además, si alguno de esos criterios debería convertirse en requisito obligatorio para poder participar, en lugar de ser solo un elemento que suma puntos en la evaluación.
En línea con el Net Zero Industry Act, el documento recuerda que las subastas de renovables en la Unión Europea deberán incorporar requisitos sobre conducta empresarial responsable, ciberseguridad, resiliencia de la cadena de suministro, capacidad de ejecución y contribución a objetivos de sostenibilidad. España debe adaptar su diseño de subastas a este marco, por lo que la opinión de la industria y de otros actores puede influir en cómo se aterrizan esas exigencias.
Otro aspecto que se somete a consulta es la posibilidad de incluir mecanismos de inversión ciudadana en los proyectos adjudicados. Con ello se exploraría que parte de la financiación y de los retornos económicos pudiera repartirse entre inversores locales o pequeños ahorradores, algo que ya se ha ensayado en otros países para aumentar la aceptación social de grandes infraestructuras renovables.
También se invita a proponer requisitos tecnológicos específicos que puedan resultar ventajosos por motivos ambientales o industriales: estándares mínimos de eficiencia, condiciones sobre reciclabilidad de componentes, soluciones de reducción de ruido submarino u otras medidas que mejoren la integración con el entorno marino.
Régimen económico, riesgos de mercado y plazos
El bloque económico del cuestionario se centra en cómo estructurar el régimen de apoyo a los parques eólicos marinos. Se pregunta cuál debería ser el plazo máximo para la puesta en marcha de las instalaciones después de la adjudicación y cuál tendría que ser la duración del régimen económico, un parámetro que determina la energía mínima y máxima de subasta exigida a los proyectos.
En este contexto, el Ministerio sondea si tiene sentido indexar el precio de adjudicación a variables como el precio del acero o del cobre en el periodo que va desde la resolución de la subasta hasta la entrada en operación de los parques. El objetivo sería gestionar mejor los riesgos derivados de la volatilidad de los costes de materiales clave en un sector intensivo en inversión.
Otro tema que preocupa tanto al regulador como a los promotores es el de las horas a precio cero en el mercado eléctrico, cada vez más frecuentes en sistemas con alta penetración renovable. La consulta pide sugerencias sobre estrategias para minimizar el impacto de esas horas en la viabilidad económica de los proyectos, por ejemplo, a través de determinados diseños de contrato o de mecanismos complementarios.
En cuanto a los plazos procedimentales, el MITECO ha fijado que el envío de comentarios se realice exclusivamente mediante el formulario web y dentro de los veinte días habilitados, del 4 al 24 de febrero de 2026. En general, las contribuciones podrán hacerse públicas, salvo que el remitente delimite claramente qué partes son confidenciales.
Todo este diseño se articula dentro de un procedimiento de concurrencia competitiva que busca equilibrar coste para el sistema eléctrico, seguridad jurídica y capacidad de ejecución real de los proyectos, en un contexto en el que la experiencia internacional muestra tanto éxitos como dificultades en la eólica marina.

Impacto industrial, empleo y papel de España en la eólica flotante
Más allá del diseño regulatorio, la consulta se interpreta como el pistoletazo de salida para activar un sector que lleva años preparando el terreno. Estudios elaborados para la industria estiman que la eólica marina flotante podría movilizar inversiones de varios miles de millones de euros en la próxima década y generar decenas de miles de empleos directos e indirectos, especialmente en astilleros, puertos, fabricación de componentes y servicios técnicos especializados.
España dispone ya de una cadena de valor destacada en eólica marina flotante. Empresas públicas y privadas han participado en el diseño y construcción de plataformas, en la fabricación de aerogeneradores y en proyectos internacionales. Además, se han concedido ayudas europeas para adaptar infraestructuras portuarias y para impulsar proyectos piloto que permiten validar la tecnología en condiciones reales de operación.
En paralelo, el Gobierno ha destinado fondos procedentes de programas como el PERTE de energías renovables para apoyar I+D, prototipos y adaptaciones logísticas. Sobre la mesa también están numerosas solicitudes preliminares y consultas de alcance de impacto ambiental para proyectos repartidos por distintos litorales, aunque cualquier desarrollo efectivo quedará condicionado a los resultados de las futuras subastas.
En el ámbito europeo, la apuesta española por la eólica flotante se produce en un momento en que algunos mercados han mostrado signos de saturación o incertidumbre. El Ejecutivo busca situar a España como destino atractivo para la inversión en offshore, apoyándose en recursos eólicos abundantes, experiencia industrial y el alineamiento con los objetivos climáticos y energéticos de la Unión Europea.
Con la apertura de esta consulta pública previa, el MITECO da un paso decisivo para ordenar la expansión de la eólica marina en aguas españolas, definiendo reglas del juego que combinen competitividad económica, protección ambiental, aceptación social y retorno industrial. Lo que se resuelva ahora en términos de áreas, potencia a adjudicar, criterios de valoración y régimen económico marcará el ritmo al que podrá avanzar la primera generación de parques offshore en España y, en buena medida, el papel que el país juegue en la eólica marina europea en los próximos años.
