Conociendo a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

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La Junta de Andalucía es la institución en la que se organiza políticamente el autogobierno de la Comunidad Autónoma. Está integrada por el Parlamento de Andalucía, la Presidencia de la Junta y el Consejo de Gobierno.

La Administración de la Junta de Andalucía se organiza en las siguientes Conserjerías:

  • Consejería de Presidencia y Administración Local.
  • Consejería de Economía y Conocimiento.
  • Consejería de Hacienda y Administración Pública.
  • Consejería de Educación.
  • Consejería de Salud.
  • Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.
  • Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
  • Consejería de Fomento y Vivienda.
  • Consejería de Turismo y Deporte.
  • Consejería de Cultura.
  • Consejería de Justicia e Interior.
  • Consejería de Agricultura.
  • Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

En este artículo nos centraremos en esta última para que puedas conocerla mejor.

Lo primero de todo es saber que a esta Consejería le corresponden las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de medio ambiente, agua, ordenación del territorio y del litoral y urbanismo.

Entre las áreas de actividad cabe citar el agua, la calidad ambiental, la caza y la pesca, el clima y cambio climático, la educación y el voluntariado ambiental, los espacios protegidos, los incendios forestales, el medio natural y el urbanismo y la ordenación del territorio.

Funciones y competencias

No obstante, en cada provincia las Consejerías actúan a través de las Delegaciones Territoriales que ostentan las siguientes funciones y competencias en el ámbito de su provincia:

  • La representación ordinaria de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos en la Delegación Territorial, y en su caso, de las agencias adscritas o dependientes de las Consejerías.
  • Dirigir, bajo la dependencia funcional de los correspondientes centros directivos, las unidades administrativas pertenecientes a la Delegación.
  • Ejercer la jefatura de todo el personal de la Delegación y las competencias de administración y gestión ordinarias del mismo que expresamente se le deleguen.
  • Constituir el cauce ordinario de relación con los servicios centrales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentren adscritos a la Delegación Territorial y, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los titulares de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, con los órganos periféricos de la Administración General del Estado y las entidades locales de Andalucía en materia de su competencia.
  • Trasladar órdenes e instrucciones en las materias que sean de su competencia a los titulares de las Secretarías Generales Provinciales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentren adscritos a la Delegación Territorial.
  • El ejercicio de potestades administrativas con respecto a aquellas competencias que tengan atribuidas y, en su caso, respecto a aquellas competencias de los servicios periféricos que tengan adscritos.
  • Además de otras funciones que les sean atribuidas, desconcentradas o delegadas.

Estructura orgánica

La estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se establece por el Decreto 216/2015, de 14 de julio, el cual establece que a dicha Consejería le corresponden las competencias antes citadas.

Igualmente, este Decreto regula la actuación de esta Consejería a través de los órganos directivos centrales, las entidades y los órganos colegiados adscritos a la misma.

Actualmente, el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio es José Fiscal López.

Cover de la estructura de la consejería medio ambiente

Órganos Directivos Centrales

El titular de la Consejería ostenta la representación de la misma y ejerce la superior dirección, iniciativa, coordinación, inspección y evaluación de sus actividades.

Para el apoyo y la asistencia inmediata al titular de la Consejería existe un Gabinete con una composición determinada por normativa específica.

Los Órganos Directivos Centrales de los que se componen la Consejería de Medio Ambiente son:

La Viceconsejería

Ejerce la jefatura superior de la Consejería y la representación ordinaria de la misma después de su titular, correspondiéndole la delegación general de esta.

La Secretaría General de Ordenación del Territorio y Sostenibilidad Urbana

Tiene rango de Viceconsejería, le corresponde la dirección, coordinación y control de las actividades de la Dirección General de Urbanismo. Le corresponde impulsar y coordinar la consecución de los objetivos y el cumplimiento de las acciones relacionadas con las materias competentes.

La Secretaría General del Medio Ambiente y Cambio Climático

Igualmente, tiene rango de Viceconsejería. Se le atribuye la dirección, coordinación y control de las actividades de los siguientes órganos directivos centrales:

  • La Dirección General de Gestión del Medio Natural y Espacios Protegidos.
  • La Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental.
  • La Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico.
  • La Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua.

Secretaría General Técnica

Le corresponden competencias específicas en relación con la producción de normativa y asistencia jurídica, en relación con el patrimonio, con los recursos humanos, la gestión económica y financiera y la contratación además de otras actividades.

Entidades adscritas

Se encuentran adscritas a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio la Agencia de Medio Ambiente y Agua (AMAYA) y la Fundación para el Desarrollo Sostenible de Doñana y su Entorno-Doñana 21.

La Agencia de Medio Ambiente y Agua (AMAYA)

Esta es una agencia pública empresarial y una entidad instrumental que presta servicios esenciales en materia de medio ambiente y agua en el territorio andaluz, especialmente con motivo de las situaciones de emergencia que se declaren.

La Agencia puede desarrollar actividades fuera del territorio de Andalucía en ejecución de programas y acuerdos de colaboración suscritos por la Administración de la Junta de Andalucía.

El objetivo de la Agencia es la realización, por sí o a través de entidades públicas o privadas en las que participe, de actividades relaciones con la protección, conservación, regeneración o mejora del medio ambiente y del agua, así como cualquier otra actividad que sea presupuesto, complemento, desarrollo o consecuencia de lo citado.

Pleno de AMAYA

La Fundación para el Desarrollo Sostenible de Doñana y su Entorno-Doñana 21

Doñana 21 es una fundación del sector público andaluz que actúa como agencia de desarrollo comarcal, con la vocación de ser el referente de la gestión de los valiosos recursos del territorio de Doñana.

Nació bajo la influencia del I Plan de Desarrollo Sostenible de Doñana y está sometida al protectorado de la Junta de Andalucía.

El órgano de gobierno de la fundación es el Patronato, en el que están representados la administración central y autonómica, los 14 ayuntamientos de la Comarca, organizaciones sindicales y diversas entidades financieras.

La Fundación Doñana 21 pretende hacer realidad la ejecución de proyectos concretos y viables que permitan tener un desarrollo socioeconómico sostenible de los municipios de la Comarca de Doñana, con una doble finalidad:

  1. Las actuaciones públicas y privadas para el desarrollo socioeconómico de la Comarca de Doñana.
  2. La participación social para lograr la cohesión territorial, el desarrollo y la conservación de Doñana.

Órganos colegiados

En total existen unos 7 órganos colegiados adscritos a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y estos son:

El Consejo Andaluz de Medio Ambiente

Se creó como un órgano de participación social capaz de integrar y fomentar la participación de los distintos actores sociales interesados en los temas medioambientales de nuestra Comunidad.

El Consejo Andaluz de Biodiversidad

Es un órgano consultivo de asesoramiento y seguimiento que promueve la participación en relación con la protección y conservación del medio natural.

Fusiona los antiguos Consejos Forestal y de Caza.

El Consejo Andaluz del Agua

Es el órgano colegiado de consulta y asesoramiento del Gobierno Andaluz en materia de agua. Su composición y funcionamiento se regula por el Decreto 477/2015, de 17 de noviembre.

El Consejo Andaluz de Ordenación del Territorio y Urbanismo

Es un órgano colegiado de carácter consultivo y de participación. Está regulado por el Decreto 36/2014, de 14 de febrero, por el que se regula las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Las Comisiones Territoriales de Ordenación del Territorio y Urbanismo

Son órganos colegiados de ámbito provincial de carácter consultivo y resolutorio. Están regulados por el Decreto 36/2014, de 11 de febrero.

El Observatorio Territorial de Andalucía

Es de carácter consultivo en matera de ordenación de territorio. Tiene como atribuciones el seguimiento, la evaluación y prospectiva del territorio andaluz y de su planificación, su evolución y tendencias, así como la incidencia que sobre él tienen las políticas y actuaciones públicas y privadas.

Las Comisiones Provinciales de Coordinación Urbanística

Son órganos colegiados de carácter provincial, con funciones de coordinación. A esta Comisión le corresponde la recepción de las solicitudes de informes dictámenes u otro tipo de pronunciamientos que con carácter preceptivo deben emitir los órganos y entidades competentes de la Administración de la Junta de Andalucía a los instrumentos de planeamiento general y sus innovaciones que afecten a la ordenación estructural, así como la remisión de los mismos a la Administración competente para la tramitación de dicho planeamiento.

Con independencia de estos 7 organismos colegiados ya citados, el Decreto 477/2015, de 17 de noviembre, por el que se regulan los Órganos Colegiados de Participación Administrativa y Social de la Administración Andaluza del Agua establece en su artículo 8 que los órganos colegiados de participación administrativa y social de carácter decisorio, asesores, de control, gestión y coordinación de la Administración Andaluza del Agua son los siguientes:

  1. Se incluye de nuevo el Consejo Andaluz del Agua.
  2. El Observatorio del Agua.
  3. La Comisión de Autoridades competentes.
  4. La Comisión de Seguimiento para la Prevención de Inundaciones Urbanas.
  5. Los Consejos del Agua de las Demarcaciones Hidrográficas.
  6. Las Comisiones para la Gestión de la sequía.
  7. Los Comités de Gestión.
  8. El Gabinete permanente.
  9. La Comisión de Explotación del trasvase Guadiario-Guadalete.

De forma muy resumida esta es la organización de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, espero que la lectura no se te haya hecho muy pesado porque desde luego amena no es.


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